domingo, 31 de enero de 2010

Maltrato animal_ sacado de www.proyecto4patas.org

Que hacer en caso de maltrato
PROYECTO 4 PATAS NO PUEDE REALIZAR LAS DENUNCIAS.
SI SOS TESTIGO DE UN CASO DE MALTRATO AQUÍ TE DAMOS LOS PASOS A SEGUIR PARA RADICAR DENUNCIAS:
El maltrato es un delito penado por el Código Penal y puede ser denunciado por cualquier persona.LEY 14.346 -
DENUNCIAS POR MALTRATO
Pasos y requisitos necesarios para concretar una denuncia:
1. Las denuncias son personales, debe efectuarlas la persona que presencia el hecho y que es testigo del hecho.
2. El/la denunciante debe ser mayor de edad (21 años) y acreditar su identidad con Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Cívica. Si es extranjero y no posee DNI, por medio de su Cédula de Identidad.
3. La denuncia debe hacerse por escrito ante las autoridades del lugar en que ocurrió el hecho y deberá ser firmada por el denunciante y sellada y firmada por el funcionario que la recibe.En Capital Federal: en la Comisaría de la zona o en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, en Viamonte 1147 – Cap.En Provincia: en la Comisaría de la zona ó en UFI Unidad de Fiscalía de Instrucción.ES OBLIGACION del funcionario público (POLICIA) tomar la denuncia: LA LEY DE PROTECCIÓN AL ANIMAL NRO. 14.346 es una Ley Penal así como también es obligación del ciudadano denunciar cualquier hecho que viole una ley. No acceder a realizar una “EXPOSICION CIVIL”. Es importante que pueda tener el texto de la ley en mano al momento de presentarse a realizar la denuncia.
4. La denuncia no exige mayores formalidades. Basta con describir los hechos considerados delictuosos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas, y/o domicilio del culpable y cualquier otro dato de interés que pueda facilitar la investigación.
5. Pedir en la Comisaría o Fiscalía el Nro. de Expediente de manera de poder seguir la causa para que la misma no muera.
6. En caso de muerte del animal deberá colocar el cuerpo en la heladera hasta que un veterinario verifique la muerte y expida un certificado para que se practique una necropsia. La necropsia debe realizarla un organismo oficial para que el certificado tenga validez legal (Ej: Facultad de veterinaria en Capital Federal 4524-8400). Luego agregar los resultados al expediente y seguir la causa.

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